Tesorería - Notificación y pago de deuda
 

1. ¿Puede el Ayuntamiento exigir el pago de una deuda si previamente no ha recibido notificación reclamando su importe?

En los tributos de cobro periódico, esto es, en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Basuras y Alcantarillado (ByA), Autotaxi y la Tasa de Vados, no es obligatorio notificar individualmente la deuda, por lo que es aconsejable domiciliar los recibos. 

En los tributos no periódico es el interesado quien debe presentar la autoliquidación (Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y Tasas Urbanísticas). Si no se cumple con la obligación, el Ayuntamiento practicará la liquidación notificándola al interesado. Si no fuera posible realizarla de forma personal por resultar ausente o desconocido, la notificación se efectuará mediante comparecencia, previa citación en el BOB, anuncios que se publican los días 5 y 20 de cada mes. La falta de presentación o la presentación fuera de plazo podrá implicar la aplicación de sanciones o recargos.

2. ¿Cómo puedo pagar mis impuestos?

  • Recibos y liquidaciones 
  1. En metálico: en las oficinas y cajeros habilitados de KUTXABANK, LABORAL KUTXA, BANCO SANTANDER y CAIXABANK. También con tarjetas propias y banca electrónica si son clientes.

     2. Mediante tarjeta bancaria de cualquier entidad:

            - En la web del Ayuntamiento www.durango-udala.net en la SEDE ELECTRÓNICA.

            - En el cajero de la Casa Consistorial (c/Barrenkalea 17) y en los cajeros de KUTXABANK, LABORAL KUTXA, BANCO SANTANDER y CAIXABANK.

  • Autoliquidaciones
  1. En metálico: en las oficinas y cajeros habilitados de KUTXABANK, LABORAL KUTXA, BANCO SANTANDER y CAIXABANK. También con tarjetas propias y banca electrónica si son clientes.

     2. Mediante tarjeta bancaria de cualquier entidad:

            - En la web del Ayuntamiento www.durango-udala.net en la SEDE ELECTRÓNICA.

            - En el cajero de la Casa Consistorial (c/Barrenkalea 17) y en los cajeros de KUTXABANK, LABORAL KUTXA, BANCO SANTANDER y CAIXABANK.

3. Quisiera pagar un tributo de forma telemática para no tener que acudir a una entidad financiera, ¿es posible?

Sí, es posible. Sin necesidad de tener certificado electrónico puede pagar cualquier recibo, liquidación, autoliquidación o multa, siempre que disponga del documento emitido por el Ayuntamiento de Durango. Si no dispone de documento, y la deuda está en periodo voluntario, puede solicitarlo en el Área de Recaudación.

Si la deuda está en periodo ejecutivo, puede dirigirse al Área de Recaudación. 

4. Me han notificado la providencia de apremio de una deuda y no estoy de acuerdo, ¿qué tengo que hacer?

Puede interponer un recurso de reposición ante la Tesorería municipal en el plazo de un mes desde que reciba la notificación.