Proceso de elaboración


¿Cuál es el proceso de elaboración del presupuesto?

  1. El presupuesto lo forma el Alcalde - Presidente de la Corporación, pudiendo dictar directrices económicas necesarias sobre la elaboración de presupuestos para el próximo ejercicio.

  2. Los Organismos Autónomos (Astarloa Kulturgintza, Bartolome Ertzilla Musika Eskola, Durangoko Udal Euskaltegia y Durango Kirolak) remiten al Alcalde la propuesta de sus presupuestos.

  3. Las Sociedades Públicas (Durango Eraikitzen y Landako Erakustazoka) remiten al Alcalde la documentación económica. A partir de estos estados contables, el Alcalde forma los correspondientes a la estructura económica del Presupuesto, a nivel de artículo como mínimo.
     
  4. Con la base de los Presupuestos y Estados de Previsión, el Alcalde y su equipo de gobierno elabora un borrador (proyecto de Presupuestos Generales) y lo remite, incluyendo todos los anexos e informado por la Intervención, al Pleno de la Corporación con carácter previo a su tramitación reglamentaria, para su aprobación, enmienda o devolución.
     
  5. Los concejales de la oposición estudian el borrador y lo debaten junto con el equipo de gobierno para lograr conjuntamente el acuerdo en determinados puntos. Los grupos municipales, pueden presentar enmiendas parciales o totales.
     
  6. El acuerdo de aprobación inicial será único, detallando todos los presupuestos que integran el General, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos separadamente. Los presupuestos que integran el General se aprobarán sin déficit inicial, es decir, Ingresos - Gastos > ò = 0.
     
  7. Aprobado inicialmente el Presupuesto General se publica su anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia.
     
  8. Publicado el anuncio en Boletín Oficial de Bizkaia, el Presupuesto General se expondrá al público, por 15 días, durante los cuales podrá ser examinado y los interesados podrán presentar reclamaciones ante el Pleno. Si no se presentan reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado. Si se presentan, el Pleno dispone del plazo de 1 mes para resolverlas.
     
  9. La aprobación definitiva por el Pleno del Ayuntamiento se debe realizar antes del 31 de Diciembre del año anterior al ejercicio en que deba aplicarse.
     
  10. El Presupuesto General, definitivamente aprobado y resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, se inserta en el Boletín Oficial de Bizkaia. Del Presupuesto General, definitivamente aprobado, se remite copia a la Diputación Foral de Bizkaia, quién lo enviará a las Administraciones Públicas competentes.

Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que:

  1. Desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio, el Presupuesto y sus modificaciones deberán hallarse a disposición de la ciudadanía, a efectos informativos.
     
  2. El Presupuesto entra en vigor, en el ejercicio correspondiente, una vez publicado.
     
  3. Si los Presupuestos Generales correspondientes a un ejercicio no hubiesen entrado en vigor al iniciarse este, se entenderán automáticamente prorrogados los del ejercicio anterior.