El Impuesto sobre Actividades Económicas viene constituido por el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en el término municipal de Durango. La cuota de pago del IAE es el resultado de aplicar las tarifas del impuesto, los coeficientes, el índice y las bonificaciones previstos por la Norma Foral.
Son acordados anualmente por el Ayuntamiento de Durango y regulados en la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas, que se encuntran incluídas en las Ordenanzas Fiscales.
Para conocer las tarifas correspondientes a cualquier actividad, es necesario consultar las Tarifas de IAE (Decreto Foral Normativo 1/1991)
Los contribuyentes que vayan a formalizar una declaración de alta, baja o variación en el Impuesto sobre Actividades Económicas, deberán presentar, con carácter previo, ante la Hacienda Foral de Bizkaia, y a través de los medios por ella establecidos el modelo correspondiente https://web.bizkaia.eus/es/hacienda-y-finanzas1
El alta en IAE es un requisito necesario pero puede no ser suficiente. Deberá tener en cuenta por ejemplo:
- Licencia de apertura para un local
- Permiso de trabajo para personas extranjeras
- Titulación para actividades profesionales
- Permiso de ocupación de vía pública para comercio ambulante.
Sí, pero está exento de pago.
Sí. El volumen de operaciones no se prorratea en función de lo que obtenga cada local del negocio. La empresa queda obligada al pago porque su volumen de operaciones es superior a los dos millones de euros, independientemente de que la mayor parte de las actividades se realicen en otro municipio.
El recibo del IAE se confecciona en función de los datos existentes hace dos años. De este modo, si el cambio societario realizado por la empresa se hizo, por ejemplo, en el año 2019, tendría su reflejo en el recibo de IAE para el año 2021, siempre que se haya presentado la escritura pública que acredite dicho cambio.
Sí. La presentación de la declaración del alta es obligatoria para todos los sujetos pasivos estén exentos o no del pago del impuesto.
Presencialmente en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana (SAC).
A través de Internet en: En la Sede Electrónico del Ayuntamiento de Durango, en Tributos y Pagos -> Recibos.
Si. El alta censal y en IVA, (si proceden) en la Diputación Foral de Bizkaia y el alta en el Régimen especial de trabajadores autónomos (si procede) en la Seguridad Social, son dos ejemplos.
Es muy posible que así sea. Póngase en contacto con el Servicio de Atención Ciudadana (SAC) para obtener más información.